Dada la preocupación existente entre los estibadores por el nuevo trafico de los containers radiactivos (oxido de uranio), por parte de la compañía Mc Andrews, desde Coordinadora hemos exigido una serie de controles que nos aseguraran que estas mercancías se ajustaban a la legalidad y no eran nocivos para la salud de los trabajadores.

A día de hoy tenemos datos del informe de SGS y la explicación de la Autoridad Portuaria:

«El RD 783/2001 que aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (trasposición de la directiva 96/29 EURATOM) establece como dosis límite para el público (personas no expuestas con motivo de su trabajo) 1 mili sievert / año  (50 para trabajadores expuestos). Teniendo en cuenta que el valor máximo medio por SGS es de 4 micro sievert / hora con el medidor en contacto con la superficie del contenedor, cualquier persona debería estar 250 horas pegado al contenedor a lo largo del año para llegar a la dosis límite para público«.

Si algún compañero tiene alguna duda se puede dirigir a cualquier delegado de Coordinadora para que le de las explicaciones que necesite.